jueves, 20 de octubre de 2011

APOYO TÉCNICO RESIDENCIAL E INDUSTRIAL PARA OPTIMIZACION DE LA ENERGIA (ATRIOE)





Hay muchas cosas que los Venezolanos debemos aprender y una de ellas es la optimización del uso de la Energía en todas sus formas y utilización con el fin de reducir la dependencia de nuestra economía del petróleo y los combustibles fósiles.

Como buenos ciudadanos es nuestro deber elemental no seguir basando nuestra forma de vida en una fuente de energía no renovable la cual va agotándose cada día mas rápido además de la amenaza que representa para nuestro medio ambiente.

Debemos entonces considerar las varias formas de lograr beneficios para todos aprendiendo a obtener y usar los equipos disponibles y las tecnologías desarrolladas en el área de las fuentes alternativas. No olvidemos que Venezuela ha suscrito un acuerdo en materia de conservación del ambiente mundial en el Protocolo de Kioto que nos obliga a realizar esfuerzos para poder cumplir esta misión.

Y es que no es solo a nivel residencial, en nuestros hogares, donde tenemos que realizar esfuerzos en este sentido. Las instituciones públicas y privadas están llamadas a participar activamente en este gran esfuerzo de ahorro energético, tales como las Universidades, centros comerciales, alcaldías, industrias, bancos, hoteles, hospitales, y otros donde la optimización del uso energético debe considerarse.

Más importante que el uso de las fuentes alternativas es que aprendamos a usar con eficiencia la energía que consumimos todos los días a veces en actividades innecesarias, consiguiendo un mínimo consumo posible de energía. Es un reto que nos obliga a cambiar nuestro comportamiento en relación al uso de la energía.

Pero esto no es una materia fácil de digerir, así que necesitaremos ayuda de los expertos en la materia, nuestros ingenieros y técnicos organizados que han decidido poner su granito de arena para lograr estos difíciles objetivos, empezando por explicarnos los conceptos sobre la Eficiencia Energética y luego, enseñándonos como se aplica en la practica.

Hace poco, en una reunión interna que se desarrollo en una empresa industrial de nuestra localidad aquí en Maracaibo, un gerente comentaba los esfuerzos que su empresa había realizado para cumplir con los requerimientos exigidos por los decretos anunciados recientemente en materia de ahorro energético, logrando disminuir hasta un 15% de su factura mensual y que a pesar de eso, no pudo demostrar ante el ingeniero inspector cuales habían sido las acciones aplicadas sobre su sistema de distribución de energía eléctrica, no pudiendo obtener la aprobación requerida por las resoluciones del decreto.

En la Resolución 73, cumplí con los artículos 1 y 2 que dicen:

Artículo 1. La presente Resolución tiene por objeto regular y promover el uso racional y eficiente de la energía eléctrica en los sistemas de publicidad contenidos o promovidos en vallas y avisos publicitarios luminosos. En tal sentido, se prohíbe el uso de lámparas, bombillas incandescentes o halógenos en vallas y avisos publicitarios, debiendo sustituirse por lámparas y bombillos ahorradores. Asimismo, se deberán sustituir todos los tubos fluorescentes de Tipo T12 (40W o 20W) por tubo fluorescentes tipo T8 (32w o 17 w) utilizados en medios publicitarios

Artículo 2. Los medios publicitarios exteriores (avisos luminosos y vallas publicitarias) ubicados en las distintas vías públicas del país, así como los avisos luminosos de los establecimientos y empresas, utilizados por personas jurídicas de carácter privado, sólo podrán estar encendidos en el horario comprendido entre las 7:00 y las 12:00 de la noche, debiendo permanecer apagadas el resto del día. En caso de que existan razones técnicas o de seguridad que impidan el cumplimiento de estas acciones, requiriendo implantarse algunas distintas a las aquí expuestas, deben ser autorizadas por este Ministerio, previa evaluación de informe presentado por el solicitante.

Artículo 4. Los medios publicitarios exteriores procurarán sistemas para la autogeneración que le permitan funcionar de forma independiente sin restricción de horario; siempre y cuando estén fundamentadas en soluciones de fuentes renovables de energía antes del 31 de diciembre de 2011. Así, el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica adoptará todas las medidas necesarias para incentivar la iluminación de los medios publicitarios exteriores con células fotovoltaicas u otras energías renovables.

En la Resolución 75 dije que mi Factor de Potencia era de 0,90, pero realmente es de 0,75, o sea, no cumplí:

Artículo 1: La presente Resolución tiene por objeto promover la mejora del Factor de Potencia en los usuarios industriales, comerciales y oficiales con cargas superiores o iguales a doscientos kilovoltio amperios (200 kVA), a fin de reducir las caídas de tensión y aumentando la disponibilidad de potencia en la red eléctrica.

Artículo 2: Los usuarios de los sectores Industrial, Comercial y Oficial con cargas superiores a los doscientos kilovoltioamperio (200 kVA) que no mantengan un factor de potencia igual o superior a un valor de 0,9 estarán sujetos a un recargo en su facturación mensual.

En la Resolución 76 obtuve una reducción del consumo del mes de Septiembre del 2011 comparada con el consumo del mismo mes del año 2009, sin embargo no pude demostrar como lo hice y no poseo los soportes que avalen las acciones, o sea, no cumplí:

Artículo 1: Las Personas Jurídicas del Sector Privado, que superen una Demanda Asignada Contratada de un Megavoltioamperio (1 MVA), deberán realizar acciones para mantener una reducción de al menos un diez por ciento (10%) de su consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.

El Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica colocará mensualmente una etiqueta, en un sitio visible, señalando el cumplimiento de las medidas establecidas. Adicionalmente, el incumplimiento de las medidas acarreará un recargo tarifario de un diez por ciento (10%) sobre la factura del mes correspondiente y cinco por ciento (5%) adicional por cada reincidencia.

Artículo 2. Las Personas Jurídicas del Sector Privado, con cargas entre doscientos kilovoltioamperio (200 kVA) y un Megavoltioamperio (1 MVA), deberán acometer acciones para mantener una reducción de al menos un diez por ciento (10%) de su consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009. El Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica colocará mensualmente una etiqueta, en un sitio visible, señalando el cumplimiento de las medidas establecidas.

Artículo 3. Quedan exceptuados del cumplimiento de las metas establecidas en el Artículo 1 de esta Resolución, los siguientes sectores:

 Servicios de Atención Médica, Sanidad e Higiene

 Producción y Distribución de agua Potable

 Producción y Distribución de Hidrocarburos y sus derivados, gas y otros combustibles

 Seguridad Ciudadana, Cuerpos Policiales y de Protección Civil

 Recolección y Tratamiento de Desechos Sólidos

 Transporte Público Terrestre, Aéreo, y Marítimo, así como el control del tráfico aéreo.

 Servicios de Telecomunicaciones

 Servicios informativos, de prensa, radio y la televisión

 Educación: Colegios y Universidades

 Sistemas de control del tránsito terrestre: Semáforos

 Seguridad alimentaria

 Embajadas y sedes diplomáticas

 Todos aquellos casos adicionales que el Ministerio del Poder popular para la Energía Eléctrica considere necesario incluir.

Los usuarios correspondientes a estos sectores deberán entregar un Plan de Uso Eficiente de la Energía Eléctrica en el que establezcan claramente sus metas de reducción de consumo, debidamente consensuado con el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, Dirección General de Gestión del Uso de la Energía.

Artículo 5. Los consumos de electricidad a los que se refiere esta Resolución corresponden a un período de facturación de treinta (30) días calendario. En los casos en que los períodos reales de facturación sean distintos de Las cinco resoluciones del ministerio del poder popular para la energía eléctrica éste, debe calcularse linealmente el consumo equivalente para treinta (30) días, con el objeto de establecer una misma base de comparación.

Artículo 6. Las instalaciones de autogeneración de las instituciones del Sector Privado deberán ponerse en funcionamiento en los horarios de mayor demanda del Sistema Eléctrico Nacional, que se comprende entre 11:00 y 16:00 y entre 18:00 y 22:00 horas.

Artículo 7. Las instalaciones de Cargas concentradas superiores a 100 kVA deberán instalar capacidad de autogeneración antes del 31 de diciembre de 2011, y colocarla en funcionamiento en los horarios Establecidos en el Artículo 6.

Artículo 8. El incumplimiento consecutivo y reiterado de las obligaciones impuestas por la presente Resolución acarreará suspensión del suministro de energía eléctrica, hasta tanto el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica dictamine las medidas y acciones que deberá ejecutar el usuario para orientar su conducta en cuanto a patrones de uso racional y eficiente de la energía eléctrica.

Artículo 9. El Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica y la Corporación Eléctrica Nacional, podrán realizar inspecciones periódicas para verificar la adecuada aplicación de las medidas de eficiencia energética, el cálculo de los índices de ahorro energético, así como la aplicación de los planes propuestos.

El Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica y la Corporación Eléctrica Nacional proporcionarán a los usuarios material informativo, manuales técnicos sobre el uso eficiente de la energía, cursos de capacitación y la asesoría técnica necesaria a objeto de garantizar la eficacia y sostenibilidad de las medidas adoptadas a través de esta Resolución.

Como podemos apreciar, los conceptos y aplicaciones de las acciones para lograr los objetivos requeridos por las resoluciones no son tan fáciles de lograr a través de esfuerzos no soportados por técnicos e ingenieros especializados en esta materia por lo que los invitamos a buscar asesoría técnica calificada, bien sea de los organismos del estado como CORPOELEC y el MPPPEE, o contratar a las personas o empresas de Servicio Técnico que están preparadas para prestar ayuda en esta materia.

Un equipo de medición será necesario utilizar para registrar la data completa del consumo eléctrico, de todos los parámetros para realizar los cálculos y análisis y para soportar los informes técnicos que son requeridos por los inspectores representantes del MPPPEE. Por supuesto, dependiendo del tipo de industria e instalaciones de la red de distribución eléctrica y del tipo de tecnología, se utilizarán formas distintas para medir la Eficiencia Energética.

En algunos casos será necesario instalar sistemas de cogeneración de energía que es una técnica en la que se aprovecha el calor residual como por ejemplo, el vapor caliente que sale de una instalación tradicional, como podría ser una turbina de producción de energía eléctrica, que generalmente dejan que el vapor residual se enfríe. Con la Cogeneración, se aprovechan estos vapores para calentar agua, cocinar o usar en otros procesos industriales.

Esta técnica se emplea cada vez más en industrias, hospitales, hoteles y, en general, en instalaciones en las que se produce vapor o calor, porque supone importantes ahorros energéticos y por tanto económicos, que compensan las inversiones que hay que hacer para instalarla.

Tanto personas naturales como las personas jurídicas podrían estar interesadas en recibir adiestramiento y conocimientos mediante cursos, talleres o charlas con el fin de ayudar y concientizar a otros usuarios que así lo requieran, por lo que existen empresas consultoras que prestan este servicio, bien sea dictando charlas cortas sobre el ahorro de la energía, de medio día, o sea, 4 horas máximo, bien sea dictando talleres de optimización de la energía con duración de 1 a 2 días, bien sea prestando soporte sobre las auditorias energéticas (Resolución 77)para darle las herramientas al participante en cada uno de los casos en que apliquen las resoluciones.

El personal de una empresa, industria, comercio, residencia, todos deben ser concientizados, ya que el ahorro energético es tarea de todos y cada uno de nosotros, es nuestro deber adaptarnos a este patrón de conducta.

Para recibir apoyo técnico sobre este tema de la Eficiencia Energética puede consultarnos a los siguientes números telefónicos:

· 0 261-7653264 / 0416-6662790 (VERCONCA CONSTRUCCIONES)

261-7865581 / 0416-1555284 / 0414-6463057 (NORBRICA)

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